
La Concejalía de Servicios a la Comunidad informa a todos los vecinos afectados por ERTEs o que se encuentran en otra situación de desempleo los pasos a seguir en cada caso ante el SEPE para sean atendidas sus prestaciones
La más completa información para resolver posibles dudas en www.sepe.es
En el caso de las personas afectadas por ERTEs, esto es, por suspensiones temporales de contratos y reducciones temporales de jornada, siempre ocasionadas por el COVID-19, se recuerda que todas ellas tendrán derecho al reconocimiento de la prestación por desempleo, aunque no hayan cotizado el período mínimo necesario para ello.
Son las empresas, las que deben tramitar la solicitud de las prestaciones correspondientes que han de percibir estos trabajadores, para lo que el SEPE pone a disposición un plantilla tipo que se puede descargar en http://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/informacion-empresas.html.
En todos los casos, el reconocimiento de las prestaciones va a ser automático, si bien, dado el volumen de expedientes, el pago puede demorarse.
En cuanto al resto de personas en situación de desempleo no afectadas por un ERTE, deberán presentar su solicitud de prestación ante el SEPE exclusivamente a través de UNA de las vías siguientes: Vía telemática en la sede electrónica si se dispone de DNI electrónico, certificado digital o cl@ve; a través del servició de atención telefónica; mediante formulario de pre-solicitud disponible durante el periodo de vigencia de las medidas extraordinarias COVID- 19.
La inscripción de demanda se realiza por medios no presenciales y no se tienen que renovar las demandas (“sellar el paro”), permaneciendo en alta, al tiempo que los plazos también están suspendidos, por lo que no corren y no se perderán días de derecho por presentar la solicitud fuera de plazo.
Y en cuanto los subsidios, no se tiene que solicitar la prórroga de los mismos, manteniéndose el pago transcurridos los 6 meses de plazo. En el subsidio para trabajadores mayores de 52 años, tampoco se interrumpirá el pago por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR).